INSTITUTO ALEXANDER VON HUMBOLDT
RECTORIA
Resoluci�n No.
"Por la cual se establece el Reglamento de Usuarios de las Aulas de Inform�tica de la Instituci�n Educativa"
El rector del INSTITUTO ALEXANDER VON HUMBOLDT, en uso de sus atribuciones estatutarias,RECTORIA
Resoluci�n No.
"Por la cual se establece el Reglamento de Usuarios de las Aulas de Inform�tica de la Instituci�n Educativa"
RESUELVE
ARTICULO UNICO. - Establecer el Reglamento de Usuarios de las Aulas de Inform�tica de la Instituci�n Educativa as�:
Cap�tulo I. Usuarios y servicios de las Aulas de Inform�tica
Art�culo 1. Se consideran Aulas de Inform�tica todos los espacios f�sicos y recursos de hardware, software y conectividad que la Instituci�n Educativa ofrece como apoyo a las actividades de ense�anza/aprendizaje.Art�culo 2. Se consideran cuatro tipos de posibles usuarios de las Aulas de Inform�tica a) estudiantes que se encuentren debidamente matriculados; b) profesores, coordinadores y directivos; c) empleados de la instituci�n cuya vinculaci�n con la IE se encuentre vigente; d) padres de familia de la Instituci�n Educativa; y e) usuarios del aula diferentes a los anteriores (capacitaciones espec�ficas, cursos de educaci�n continuada, usuarios individuales, etc). Los usuarios tipo c deben contar con autorizaci�n de la rector�a para hacer uso de las Aulas de Inform�tica. Los usuarios tipo d y e solo podr�n hacer uso de las Aulas de Inform�tica en los horarios establecidos por la Instituci�n Educativa.
Art�culo 3. La instituci�n ofrecer� a los usuarios de las Aulas de Inform�tica los recursos de hardware, software y conectividad disponibles, para que sirvan como apoyo en sus actividades acad�micas. El uso acad�mico prima sobre cualquier otra utilizaci�n.
Art�culo 4. La administraci�n de los recursos de las Aulas de Inform�tica es responsabilidad del Departamento de Inform�tica de la Instituci�n Educativa. Las Aulas de Inform�tica deben estar en todo momento bajo la responsabilidad del Coordinador Inform�tico, o de un docente de inform�tica, o de un docente de �rea o del monitor del Aula.
Art�culo 5. La utilizaci�n por parte de los usuarios de las Aulas de Inform�tica se har� de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente reglamento.
Cap�tulo II. Normas b�sicas para la utilizaci�n de las Aulas de Inform�tica
Art�culo 6. Los usuarios �nicamente pueden utilizar los servicios para los cuales est�n autorizados. Sin la debida autorizaci�n, no se permite tener acceso directo a los servidores de las salas, copiar software o modificar los archivos que se encuentren all�. Para el uso de servicios especiales como sacar impresiones, grabar un CD/DVD o utilizar el esc�ner, se debe solicitar permiso al monitor o al docente responsable de la sala.Art�culo 7. Bajo ninguna circunstancia se podr� utilizar el nombre (login), c�digo o clave de acceso (password) de otro usuario. Cada usuario debe permitir su plena identificaci�n en la Red de la Instituci�n.
Art�culo 8. Los usuarios de los recursos de las Aulas de Inform�tica, deben tener presente que sus acciones pueden afectar a la instituci�n y a otros usuarios. Un usuario no podr� interferir en los procesos computacionales de la Instituci�n con acciones deliberadas que puedan afectar el desempe�o y seguridad de los recursos inform�ticos o de la informaci�n.
Art�culo 9. Las clases que requieran el uso permanente de un Aula de Inform�tica durante todo el a�o lectivo, ser�n solicitadas directamente por el jefe de departamento o por el coordinador acad�mico y se asignar�n en el orden riguroso a la recepci�n de dicha solicitud, dando prelaci�n a las asignaturas en las que se trabaja con integraci�n de las TIC.
Art�culo 10. El uso de las Aulas de Inform�tica y de los servicios de Red ser�n para fines exclusivamente acad�micos. Est� prohibido usar los equipos de las Aulas y los servicios de Red para jugar, enviar o recibir informaci�n pornogr�fica o de prop�sito netamente comercial. Por comodidad de los usuarios, s�lo se permite el uso simult�neo de un computador a un m�ximo de dos (2) personas.
Art�culo 11. El horario de servicio ser� establecido y dado a conocer a todos los usuarios por el Departamento de Inform�tica. La utilizaci�n de los recursos de las Aulas de Inform�tica en horario diferente al escolar debe estar debidamente autorizadas por el personal administrativo de la Instituci�n Educativa.
Art�culo 12. En caso de p�rdida, da�o o deterioro de los equipos usados, el usuario debe reportar inmediatamente esta situaci�n al monitor de la Sala para proceder a su reparaci�n. Si se determina que el da�o fue causado por mal manejo o maltrato del equipo, el usuario responsable debe encargarse de la reparaci�n del mismo.
Cap�tulo III. De los deberes y derechos de los usuarios
Art�culo 13. Son deberes de los usuarios:1. Hacer reserva de los equipos o de las salas con la debida anticipaci�n, de conformidad con las pol�ticas establecidas por la Instituci�n. La asignaci�n de equipos se ajustar� a la disponibilidad de equipos y a la atenci�n de los usos prioritarios de las Aulas.
2. Reservar equipos de las Aulas de Inform�tica para trabajo individual. Un usuario podr� reservar un m�ximo de 2 horas a la semana para trabajo individual. Este tipo de reserva solo podr� hacerse para realizar trabajos acad�micos o relacionados con la Instituci�n Educativa.
3. El docente o responsable de una clase no debe abandonar en ning�n momento el Aula de Inform�tica sin dar aviso previo al encargado o monitor de la misma. Si el profesor no va a estar presente durante la clase en el Aula debe especificarlo en el momento de reservarla.
4. En caso de requerir alg�n software especial, el profesor debe solicitar su instalaci�n con la debida anticipaci�n indicando en cu�ntos y en cu�les equipos del Aula de Inform�tica se requiere.
5. Cumplir puntualmente con los horarios de servicio establecidos para trabajar en las Aulas de Inform�tica.
6. Cuidar los recursos de hardware y software as� como los muebles y dem�s materiales que se encuentran disponibles para su uso en las Aulas de Inform�tica.
7. Informar inmediatamente al encargado de la sala sobre cualquier irregularidad en el funcionamiento del equipo asignado (hardware, software o conectividad).
8. Acatar las instrucciones y procedimientos especiales establecidos por la Instituci�n para hacer uso de los recursos de las Aulas de Inform�tica.
9. Abstenerse de fumar y consumir alimentos y/o bebidas al interior de las Aulas de Inform�tica.
10. Mantener la disciplina y no interferir con el trabajo de los dem�s usuarios de las Aulas de Inform�tica.
11. Los usuarios tipo a (estudiantes) que requieran salir del Aula durante la clase, deber�n solicitar autorizaci�n al profesor que est� a cargo en ese momento.
12. Procurar el debido orden, limpieza y cuidado de los equipos al terminar el uso, esto incluye apagar los equipos adecuadamente y dejar el puesto de trabajo limpio y ordenado.
13. En caso de pr�ctica de grupo, el profesor debe responder por el cuidado general y el buen manejo de la sala y sus equipos durante la clase.
14. Almacenar correctamente su informaci�n y hacerlo �nicamente en las carpetas destinadas para ese fin.
15. Cuidar sus objetos personales, ya que los encargados de las Aulas de inform�tica no se responsabilizan por la p�rdida de los mismos.
Art�culo 14. Son derechos de los usuarios:
1. Recibir tratamiento respetuoso por parte del personal a cargo del Aula de Inform�tica.
2. Recibir asistencia t�cnica en cuanto a hardware, software y conectividad se refiera, de acuerdo con las disposiciones definidas por la Instituci�n.
3. Disponer de equipos en pleno funcionamiento en las Aulas de Inform�tica.
4. Hacer uso del hardware, software y conectividad que se le haya asignado durante la totalidad del tiempo que se le haya acordado.
Cap�tulo IV. Pr�stamo de Equipos
Art�culo 15. Los equipos de Inform�tica (computadores, proyectores de video, c�maras fotogr�ficas y de video, etc) s�lo se prestan para usarse dentro de las instalaciones de la Instituci�n Educativa, cualquier excepci�n debe autorizarla directamente las directivas. El pr�stamo a estudiantes, de cualquier equipo, deber� autorizarse por parte de un docente que asumir� responsabilidad solidaria.Art�culo 16. El pr�stamo de equipos para realizar exposiciones dentro de las instalaciones de Instituci�n, se regir� por los procedimientos establecidos por la Instituci�n para tal fin.
Art�culo 17. El pr�stamo de equipos es personal e intransferible y quien lo realiza se hace responsable de ellos hasta el momento de devolverlos.
Cap�tulo V. Causales de Sanci�n
Art�culo 18. Son causa de sanci�n las siguientes acciones:1. Utilizar los recursos de las Aulas de Inform�tica para fines no acad�micos. Por ejemplo, navegar en p�ginas no autorizadas, reenviar cadenas de correo electr�nico, reproducir videos o m�sica cuando estos no hacen parte de una clase, etc.
2. No denunciar a otros usuarios que est�n utilizando los recursos de las Aulas de Inform�tica para fines no acad�micos.
3. Utilizar el c�digo de acceso de otro(s) usuario(s) sin la debida autorizaci�n.
4. Violar o intentar violar los sistemas de seguridad de m�quinas locales o remotas sin la debida autorizaci�n.
5. Perturbar el trabajo de otros usuarios con comportamientos interferentes.
6. No respetar los horarios de servicio establecidos por la Instituci�n.
7. Desacatar alguna de las normas b�sicas para la utilizaci�n de las Aulas de Inform�tica descritas en el Cap�tulo II del presente reglamento.
8. Incumplir alguno de los deberes enumerados en el Art�culo 13 del presente reglamento.
9. Desacatar los procedimientos establecidos por la Instituci�n para el uso de las Aulas de Inform�tica.
10. Robar o cambiar equipos, partes o componentes de la dotaci�n de hardware, software y conectividad de las Aulas de Inform�tica.
11. Utilizar Chats, IRC y programas de comunicaci�n en tiempo real, sin la debida autorizaci�n y sin la presencia de un profesor.
12. Ejecutar juegos de computador de cualquier tipo, sin la debida autorizaci�n y sin la presencia de un profesor. Esto aplica tambi�n para juegos en l�nea o en Red.
13. Descargar o reproducir archivos de video o de audio, sin la debida autorizaci�n y sin la presencia de un profesor.
14. Descargar cualquier software de Internet, sin la debida autorizaci�n y sin la presencia de un profesor.
15. Instalar o desinstalar software en equipos y servidores de la Instituci�n, sin la debida autorizaci�n y sin la presencia de un profesor.
16. En calidad de profesor, desatender el Aula de Inform�tica despu�s de haber autorizado a alg�n usuario para realizar las acciones contempladas en los puntos 11 al 15 del presente Art�culo.
17. Maltrato deliberado a los recursos de las Aulas de Inform�tica.
18. Modificar la configuraci�n de los computadores.
19. Borrar archivos de otros usuarios.
20. Infectar, de manera intencional, los computadores con Virus, Spyware o Malware.
Cap�tulo VI. Sanciones
Art�culo 19. La Instituci�n INSTITUTO ALEXANDER VON HUMBOLDTpodr� imponer a los usuarios que incurran en algunas de las acciones enumeradas en el Art�culo 18 del presente reglamento, las siguientes sanciones:
1. Amonestaci�n verbal. Ser� impuesta por el encargado de la Sala de Inform�tica, dependiendo de la gravedad de la falta.
2. Amonestaci�n escrita. La har�n los Coordinadores Acad�micos o de Disciplina mediante comunicaci�n escrita, de la cual quedar� copia en la hoja de vida del usuario.
3. Suspensi�n de clases por uno o m�s d�as a usuarios en calidad de estudiantes. La impondr� el Rector a solicitud del Coordinador Acad�mico o de Disciplina.
4. Matricula condicional a usuarios en calidad de estudiantes. La impondr� el Rector, dependiendo de la gravedad de la falta.
5. Cancelaci�n temporal. Ser� impuesta a los usuarios tipo d y e (Art�culo 2) por el encargado de las Aulas de Inform�tica, dependiendo de la gravedad de la falta.
Art�culo 20. El procedimiento para la aplicaci�n de las sanciones mencionadas a los estudiantes, se regir� por el Manual de Convivencia de la Instituci�n.
Art�culo 21. Cualquier situaci�n no prevista en el presente reglamento, la resolver� el Rector de acuerdo con el Manual de Convivencia de la Instituci�n.
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